Frente a dictamen de la Dirección del Trabajo la Municipalidad de Puerto Montt interpuso recurso de protección

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El 26 de marzo de 2020, la Dirección del Trabajo, a nivel central, dio cuenta del dictamen 1283/006 en donde se precisa textualmente lo siguiente:

«Ante actuaciones de la autoridad que decreten medidas restrictivas, como son la cuarentena, el cordón sanitario o el toque de queda, al ser actos de autoridad que responden a una situación de emergencia sanitaria, y concurriendo a su respecto los requisitos señalados precedentemente para configurar la fuerza mayor, es necesario concluir que exoneran a las partes de las obligaciones recíprocas que les impone el contrato de trabajo. A saber, otorgar el trabajo convenido y pagar la remuneración de parte del empleador, y asistir a prestar los servicios pactos por parte del trabajador. Sin perjuicio de aquello, la configuración de estos elementos, en el caso concreto, debe necesariamente ser analizada por los tribunales ordinarios de justicia quienes, en definitiva, son los encargados de dirimir cualquier controversia a este respecto.»

En términos simples, el documento indica que en circunstancias en que se configure la fuerza mayor durante la emergencia sanitaria, el empleador no está obligado a pagar la remuneración, ni el trabajador está obligado a asistir a trabajar.

Frente a esta situación, la Municipalidad de Puerto Montt interpuso un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago por considerar que «afectaría gravemente tanto a los trabajadores externos que prestan servicios al municipio, como a otras personas, quienes producto de la cuarentena o toque de queda por el coronavirus, no pueden desarrollar sus funciones».

El alcalde Gervoy Paredes dijo que como municipio interactúan con cerca de 800 personas que se podrían ver afectadas porque laboran bajo la modalidad contractual de Código del Trabajo. “En el municipio son cerca de 200 y luego están quienes trabajan en empresas que prestan servicios asociados o concesionados, como en el servicio de recolección de residuos domiciliarios o mantención de áreas verdes, entre otras”, precisó.

“Por eso hicimos esta presentación, por los funcionarios municipales o quienes prestan servicios al Municipio, y también por los otros trabajadores de la ciudad que pudiesen verse afectados”.

Conjunto al recurso de protección se presentó una orden de no innovar, que tiene por objeto solicitar a la Corte de Apelaciones de Santiago que suspenda la aplicación del dictamen, hasta que se resuelva el recurso interpuesto por la Municipalidad de Puerto Montt.