El Sernac denunciará a la justicia a las empresas LAN, LAN Tours y Travel Security y oficiará a cinco compañías, tras detectar luego de un estudio, una serie de incumplimientos en sus mensajes promocionales difundidos a través de medios de comunicación televisivos y prensa escrita.
El análisis incluyó 28 piezas publicitarias relacionadas con viajes, difundidas entre los días 2 y 9 de diciembre del año pasado, encontrándose en 6 de ellas, distintos desajustes respecto de la normativa vigente.
Tras el análisis, el Sernac decidió denunciar a la Justicia a las empresas LAN Tour y Travel Security, debido a que estas compañías ofrecían la posibilidad de pago a crédito o en cuotas de sus diversos servicios turísticos, pero no informaban la Carga Anual Equivalente (CAE) y el Costo Total del Crédito (CTC).
Además, interpondrá una denuncia contra LAN por no informar de manera completa y oportuna el precio de sus servicios, por cuanto no señala la tasa de embarque.
Asimismo, el Servicio oficiará a las empresas Cocha, Poett, LAN, Lan Tour y Mastercard, por presentar en sus piezas publicitarias otros incumplimientos a la Ley, por ejemplo, usar frases ilegibles, o que por su escaso tiempo de exposición, en el caso de los mensajes televisivos, impide a los consumidores conocer las condiciones relevantes de la oferta.
El Sernac, además, detectó frases publicitarias que no cumplen con el principio de entrega de información en forma veraz y oportuna. Por ejemplo, se hace alusión a que se garantiza el «clima» o se informa el valor del viaje en grandes letras pero en dólares y en un tamaño bastante más pequeño, en pesos.
También algunas de las empresas indican que disponen de una determinada cantidad de cupos para un destino a una tarifa específica. Sin embargo, no informan el precio normal del servicio, impidiéndoles a los consumidores saber cuánto se estarían ahorrando al elegir este viaje.
El Director Nacional del Sernac, Juan José Ossa, explicó que el Servicio decidió denunciar a estas tres empresas ante la gravedad de las infracciones, como es no incluir en sus piezas publicitarias la Carga Anual Equivalente y el Costo Total del Crédito en sus piezas publicitarias, y que no informar correctamente el precio.
«El Sernac Financiero obliga a las empresas a incluir estas dos herramientas como obligatorias, justamente porque les permiten a los consumidores cotizar y comparar las ofertas crediticias y conocer cuánto terminarán pagando, por lo que no es aceptable que las entidades no cumplan con su deber», indicó.
Hay que recordar que la Ley establece multas de hasta 750 U.T.M. (más de $30 millones) por emitir mensajes publicitarios a través de medios masivos que no cumplan con la Ley.
Ossa explicó que la publicidad debe ser verdadera, comprobable y nunca inducir a error o engaño a los consumidores. Respecto del precio, esto implica que las empresas tienen la obligación de transparentar los costos finales, incluyendo las tasas de embarques y otros impuestos.
Asimismo, al entregar información ilegible o incompleta, las empresas afectan este derecho establecido en la Ley del Consumidor, enfatizó Ossa.
Respecto de las empresas oficiadas, el Sernac buscará que modifiquen su conducta y adecúen sus piezas publicitarias a los estándares establecidos en la Ley.