Ya se encuentra en vigencia la nueva Ley de Deberes y Derechos de los pacientes la cual consigna los siguientes Deberes y Derechos integrados en una Carta, que está instalado en todos los centros de Salud de este territorio.
En la oportunidad se realizó la presentación de este nuevo cuerpo legal en el Hospital Base de Puerto Montt, con la Seremi de Salud, Giovanna Belloccio; el Director del Servicio de Salud del Reloncaví, Rafael Merino, la Directora del Hospital de Puerto Montt, Miriam Muñoz y el agente representativo de la Superintendencia de Salud en la zona, Francisco Garrido.
Las autoridades entregaron el material informativo y explicaron esta nueva ley a los pacientes que esperaban su turno de atención.
Si un paciente ve que no se cumple lo estipulado en esta ley, puede presentar reclamos en las oficinas de la Oirs de los distintos centros de Salud, las cuales tienen un plazo de 15 días hábiles para entregar una respuesta, en caso contrario estas situaciones pueden ser elevadas a la Superintendencia de Salud en sus distintas oficinas, en esta entidad el reclamo tiene un plazo máximo de solución de 60 días hábiles.
Derechos
Esta ley tiene puntos relevantes que quedan determinados como el derecho a la privacidad del paciente, la que se traduce en la confidencialidad de los archivos, la prohibición de grabar o fotografiar a los usuarios, especialmente si son menores a menos que exista una autorización para ello.
El Derecho a la información se aplica en que los profesionales tratantes deben explicar claramente el tratamiento que recibirá el paciente, siendo especifico en sus beneficios y potenciales riesgos. Esta información también debe ser clara al momento que el paciente sea dado de alta.
Otro punto relevante es el Derecho a la oportunidad de atención, ya que queda estipulado que todos los pacientes deben ser atendidos, pero siempre con una prioridad mayor quienes se encuentran en una urgencia vital. Además se establece que se deben cumplir las atenciones de las patologías incluidas en el Auge.
Se agrega además el Derecho a la calidad de la atención, ya que este nuevo cuerpo legal especifica que los prestadores de Salud deben con las normas vigentes en el país, y con los protocolos establecidos en estándares de calidad Ministerial en materias tales como infecciones intrahospitalarias, eventuales en errores en la atención y en general a informar de cualquier evento adverso durante la atención que se procure.