Por 99 votos a favor, la Cámara aprobó el proyecto que obliga a incluir la remuneración denominada “Semana Corrida” dentro de la base de cálculo del feriado de los trabajadores independientes.
Según manifestó el diputado Patricio Vallespín, actualmente, el Código del Trabajo no incluye los montos devengados por el trabajador a título de este tipo de remuneración al momento de definir la base de cálculo de las remuneraciones, que deben incluirse al determinar el feriado que debe pagar el empleador.
“Este escenario legal parece poco razonable, ya que empeora la compensación del descanso anual del trabajador. Además no se condice con la regulación de la base de cálculo que hoy la ley contempla para efectos del cálculo de indemnización por años de servicio, ni con la normativa sobre el pago de subsidios por incapacidad laboral; casos en los cuales sí se considera la ‘semana corrida’”, dijo el legislador.
La iniciativa aprobada propone una modificación a la regulación de la base de cálculo de las remuneraciones que deben ser incluidas durante el feriado, con la finalidad de obligar legalmente al empleador a considerar los montos recibidos por semana corrida.
Cabe recordar que la llamada “semana corrida” es una remuneración especial destinada a retribuir el día de descanso de los trabajadores, en aquellos casos en que su régimen de remuneraciones es exclusivamente por día trabajado, o bien, por sueldo mensual y remuneraciones variables.
“Este proyecto apunta a hacerse cargo de una legislación laboral que permite proteger mejor los derechos de los trabajadores y trabajadores, en este caso, al día de descanso”, sostuvo Vallespín, asegurando que “en el mundo de hoy, cuando el trabajo precario inunda las cifras de aumento en el empleo, este proyecto es una herramienta necesaria para regularlo”.