Condenan a automotora por vender vehículo de exhibición como si fuera nuevo

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La Corte de Apelaciones de Coyhaique confirmó fallo de primera instancia, el que condenó a la empresa Patagonia Automotriz S.A. al pago de una indemnización de $1.500.000 a una consumidora y a una multa de 25 U.T.M. (cerca de 1 millón de pesos) por haber vendido un vehículo de exhibición en vez de uno nuevo.

 Todo comenzó cuando Sandra Ampuero, residente en Puerto Aysén compró vía telefónica y “online” un vehículo cero kilómetro, marca Sanyong, modelo Actyon, a la concesionaria Patagonia Automotriz de Puerto Montt, pagando $13.100.000.

 Cuando la consumidora recibió el vehículo se percató que no era nuevo, pues venía sin los protectores plásticos en los asientos, sin manual ni cuponera de garantía para las revisiones técnicas, el estanque estaba vacío y no con los $10 mil de combustible comprometidos por la empresa.

 Al pedir las explicaciones a la automotora, se le indicó que efectivamente el vehículo no era nuevo, sino que había sido utilizado por varios meses como exhibición y prueba en la ciudad de Puerto Varas.

 Ante este hecho, la consumidora recurrió a un funcionario de la PDI para que revisara el estado en que le había llegado el vehículo. El profesional indicó que éste tenía claros indicios de haber sido usado, venía sucio y manchado en su interior, sin los plásticos de protección, entre otras consideraciones.

 Al no obtener una respuesta por parte de la empresa y al sentir que sus derechos habían sido vulnerados, la consumidora recurrió al SERNAC, organismo que tras no obtener una solución adecuada por parte de la empresa, decidió denunciar el hecho ante el Juzgado de Policía Local de Aysén, haciéndose parte en la causa.

 En el tribunal la empresa Patagonia Automotriz se defendió de las acusaciones, señalando que a la consumidora se le explicó que tenían un vehículo de ese tipo, el cual se encontraba en la sucursal de Puerto Montt y que estaba siendo utilizado en Puerto Varas como modelo de exhibición. No obstante, la consumidora habría aceptado el trato.

 Respecto de las cubiertas, la automotora señaló que todos los vehículos nuevos se exhiben así por razones de estética. Agregó que al momento de embarcarse hacia Puerto Aysén la camioneta iba limpia, y que se le había desconectado la batería por cuestiones de seguridad. Respecto de los $10 mil en combustible, se habría tratado de un olvido, lo mismo que el no incluir el manual y la garantía, lo cual se corrigió apenas se percataron del hecho.

 Finalmente la automotora enfatizó que el móvil tenía 112 Km recorridos, los cuales se explican por la distancia desde Puerto Varas hacia Puerto Montt, además de la distancia que recorren todos los vehículos al momento de ser importados.

 Sin embargo, tras analizar los antecedentes, el tribunal explicó que la consumidora entendió que al momento de hacer la compra estaba adquiriendo un vehículo nuevo y que nunca fue informada cabalmente que se trataba de un vehículo en exhibición, menos que debía ser trasladado de Puerto Varas a Puerto Montt para ser embarcado a la ciudad de Puerto Chacabuco.

 En este sentido, agregó que se entiende que los vehículos de exhibición son de muestra, por lo que Patagonia Automotriz no respetó el contrato con la consumidora que había comprado un auto nuevo y tampoco informó correctamente a la afectada de las características del modelo que se le estaba vendiendo.

 Finalmente el tribunal condenó a la empresa Patagonia Automotriz al pago de la  indemnización por los daños sufridos por la consumidora y a la multa señalada. Este fallo fue confirmado posteriormente por la Corte de Apelaciones de Coyhaique.

 El Director de SERNAC Los Lagos, Sebastian Fernández, señaló que “si un consumidor compra un auto nuevo, es eso lo que debe recibir o tiene que ser informado que se trata de un vehículo usado o refaccionado”, por lo que los consumidores tienen derecho a exigir las indemnizaciones correspondientes por los perjuicios causados, tal como sucedió en este caso.