Comunidades mapuche acusan que se está incumpliendo el principio de consulta establecido en el convenio 169

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Desde el 15 de septiembre de 2009 comenzaron a regir en nuestro país las disposiciones del Convenio 169 de la OIT Sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, reconociendo los derechos de las etnias en diferentes ámbitos. Uno de los pilares del convenio es el proceso de «Consulta» tal como señala el artículo 6 del tratado ratificado donde indica que los Gobiernos deberán, al aplicar las disposiciones, «consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente».

Sin embargo, representantes de las comunidades mapuche de la región de Los Lagos interpusieron una petición de investigación en la Contraloría por estimar que se está vulnerando el principio de consulta, ello en base a que «diversas instancias han aprobado y autorizado la instalación de salmoneras en el río Maullín y los educadores de las comunidades que han sido contratados para la implementación del plan de educación intercultural bilingüe ganan tres veces menos que un profesional titulado», aseguró el Lonko Eric Vargas Quinchamán haciendo alusión a que en dichos procesos no se consultó a los pueblos originarios, por tanto la presentación en el organismo contralor va orientada a que se revisen los procedimientos efectuados.