Gobierno firma importante plan para control de embarque y tránsito en Canal de Chacao

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Agrupaciones descartaron totalmente una paralización en la Isla Grande

Como un importante avance para la isla de Chiloé calificó el intendente de Los Lagos, Juan Sebastián Montes, el diálogo sostenido con los gremios de la conectividad y alcaldes efectuado ayer y hoy en la capital de la Provincia, donde se firmó el “Plan de Control para las Condiciones de Embarque y Transito en el Canal de Chacao”.

A juicio del jefe del Gobierno Regional, el diálogo y acuerdo con los gremios y alcaldes de la Provincia de Chiloé, fue un gran “paso para ir avanzando en temas fundamentales para el archipiélago, como lo es la conectividad, eslabón fundamental para la calidad de vida de los isleños. Al igual que el mejoramiento en la Ruta 5, que es el eje central del Plan de Inversiones 2010- 2014, la calidad de la conectividad es una de las principales preocupaciones del Gobierno del Presidente Piñera”, precisó Montes Porcile.

Además de la firma de este histórico plan, durante el encuentro, el Gobierno anunció la ampliación de la losa de aterrizaje del aeropuerto que se construye en el sector de Mocupulli, en Castro, capital provincial del archipiélago.

Este es uno de los grandes anuncios realizados por el Gobierno en el marco de la reunión donde se analizó  la conectividad chilota. Se trata de una ampliación de 190 metros, que fue celebrada por los asistentes al cónclave.

Esta ampliación –que  dejará el proyecto castreño con una pista de 2 mil metros- permitirá  la operación y aterrizaje de aeronaves Airbus 320, modelo presente en las flotas de las líneas aéreas nacionales.  

PLAN DE CONTROL PARA LAS CONDICIONES DE EMBARQUE Y TRANSITO EN EL CANAL DE CHACAO. 

  1. A contar de Febrero del 2011, se implementará un nuevo sistema de información y control del tránsito en el canal de Chacao, el cual se sujetará a las siguientes condiciones.
  2. Condiciones de transito. Estas se dividen en condiciones de acceso a las rampas y condiciones de tránsito en el canal.

    Condiciones de acceso a las rampas. En forma permanente se informará a los usuarios las condiciones de transito de la ruta, bajo tres categorías, sin discriminación de empresa, con preferencia a cualquier otro tipo de vehículo. 
    a) Condiciones normales. No existirán restricciones de acceso, y la prioridad será el estricto orden de llegada de los vehículos. Esto debe considerar que el límite superior de carga y la estiba será determinada por el capitán del barco de acuerdo a las regulaciones nacionales e internacionales y lo normado por la autoridad marítima. Se le dará preferencia de paso al transporte de pasajeros en buses.

    b) Condiciones de Espera. En el evento de existir una cola de espera superior a 800 mts, se aplicará una priorización en el acceso de vehículos a los transbordadores. Esta priorización consistirá en las siguientes reglas:

    – Se suspenderá  el tránsito de vehículos especiales, tales como camiones con carga de combustibles o peligrosas.

    – En transbordadores grandes (sobre 200 mt lineales de carga) será obligatoria  la carga de un mínimo de cuatro camiones, y en transbordadores pequeños (bajo 200 mt lineales) de dos camiones.

    – El limite superior de carga y la estiba será determinada por el capitán del barco de acuerdo a las regulaciones nacionales e internacionales, lo dispuesto por la autoridad marítima local.

    – Los automóviles irán ingresando de acuerdo a su estricto orden de llegada y ubicación en la cola, a partir del cumplimiento de las restricciones anteriores.

    – Los vehículos oficiales de autoridades, ambulancias, bomberos, y fuerzas armadas serán considerados vehículos prioritarios para el paso.

    c) Condición de transito restringido. Conforme a la situación meteorológica y de mar, el Capitán de Puerto determinará las condiciones de puerto,  de acuerdo a lo establecido en las resoluciones locales para realizar cierre o apertura de  puerto,  disponibles en Pág. Web www.directemar.cl Estas medidas son objetivas y deberán ser informadas al público. Por otra parte, en caso de accidente o fuerza mayor, el Capitán de Puerto respectivo, tiene la facultad, conforme la Ley de Navegación (M) N°2222 del 21 de Mayo 1978  de  suspender el tráfico en forma parcial o total    

  1. Condiciones de transito en el canal. En la medida que las condiciones de operación así lo permitan, las empresas operadoras deberán siempre preferir el itinerario más corto, esto es entre Chacao y alguna de las rampas de Punta Coronel
  2. No discriminación y eficiencia de tiempos. El nuevo sistema de control, deberá orientarse a establecer las mejores condiciones tanto para el acceso a las naves, como disminuir los tiempos de tránsito. No podrán haber en consecuencia discriminaciones arbitrarias en las condiciones de transito, entendiendo por tales las tarifas, la propiedad, origen o marca de los vehículos. Cada operador tendrá la obligación de exhibir públicamente su lista de tarifas para el cruce y no podrá bajo ninguna circunstancia cobrar precios superiores a lo ahí establecido.. Respecto de los tiempos de viaje, se establece como tiempos máximos de navegación 35 minutos para el tramo Chacao a Pargua y de 20 minutos para el caso de Chacao a las rampas de Punta Coronel, ambas en condiciones normales de operación, clima y corriente.
  3. Fiscalización: A contar de febrero del 2011, la fiscalización del cumplimiento de estas normas y de las demás que por regulaciones especiales correspondan serán responsabilidad de las siguientes instituciones:

    – Carabineros de Chile: Control del tráfico en la ruta de acceso, orden y prioridades en la cola.

    – Armada de Chile: Fiscalizar y controlar, las medidas de seguridad establecidas en la leyes y reglamentos vigente

    – Ministerio de Obras Públicas: Como administrador de la infraestructura portuaria, será el responsable final del procedimiento de control, además de llevar registro de los flujos de vehículos y de coordinar con la armada y carabineros el sistema de control de acceso a las rampas y monitorear los tiempos máximos de tránsito. Asimismo, será el MOP el responsable de la señalética, y se coordinará con el Ministerio de Transporte y la Intendencia Regional de Los Lagos para proponer mejoras a los sistemas de control e información.

  1. Libre Competencia. La autoridad velará siempre por la libre competencia en la operación del canal de Chacao, de manera de incentivar tarifas y condiciones de viaje competitivas, y que se realicen las inversiones en naves cada vez de mejor calidad. Sin perjuicio de lo anterior, mientras la propiedad e inversiones de las rampas corresponda al Estado, éste velará por el uso más eficiente de ésta infraestructura y el control de acceso.
  2. Periodo de marcha blanca. Para la adecuada implementación del presente plan, se establece un periodo de marcha blanca a contar del 3 de Febrero y hasta el 1 de Mayo del 2011, dentro del cual: a) El Ministerio de Obras Publicas y el Ministerio de Transporte, llevarán cuenta de los diferentes tiempos de tránsito y espera, entregando un informe analítico al final del periodo al Intendente de Los Lagos, de manera mejorar ésta normativa al final del periodo, con el objetivo de acortar tiempos de espera ; b) Se establecerá a la brevedad posible dentro de éste periodo Unidades de Control de Transito, en ambos márgenes del Canal, de forma de controlar el tránsito y recibir las consultas, quejas y sugerencia que tengan los usuarios sobre los tiempos de espera y el cumplimiento de éste plan. Esta unidad estará dirigida por la autoridad que el MOP designe, y será la última instancia que determine condiciones de acceso en las rampas, e instruya en su caso a Carabineros y la Autoridad Marítima.