El Servicio Nacional del Consumidor informó esta mañana que la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió ratificar un fallo en primera instancia condenando a la Multitienda Ripley a pagar
una multa de 25 UTM y la indemnización de 500 mil pesos a María Soledad Rivera, por haber cobrado reiteradamente saldos vencidos pese a que la cuenta estaba al día. La consumidora tenía una deuda con Ripley, la cual estaba pagando mensualmente dentro de los plazos, sin embargo un mes apareció un monto más alto de lo que correspondía en su estado de cuenta ya que en vez de pagar la cuota normal de $96.295 le apareció una suma de $128.677 como saldo vencido, María Soledad Rivera pagó lo que correspondía pero al mes posterior apareció en su cuenta la deuda de $224.972 (con un saldo vencido de $128.677), desconociendo con esto el pago de $96.300 que había hecho definitivamente la consumidora el mes anterior. La situación se repitió en varias ocasiones por lo que la consumidora recurrió al Sernac, quienes después de una mediación desfavorable denunciaron el hecho al Tercer Juzgado de Policía Local de Santiago.
Ripley se defendió señalando que no se había cobrado una suma excesiva puesto que «la presentación de estados de cuenta no acredita la efectividad de obligaciones y pagos en su totalidad», sin embargo, el tribunal indicó que la cuenta estaba al día y que los supuestos «saldos vencidos» se fundaban en antecedentes erróneos y en sumas pagadas en su oportunidad. La Corte agregó que se pudo comprobar que existía un evidente y absoluto desorden en los antecedentes que debía cobrar Ripley y que ello provocó a la consumidora un claro perjuicio considerando la angustia e incertidumbre vivida por María Soledad Rivera al ver cómo iba a solucionar el problema.
Por todo lo anterior, el Juzgado de Policía Local condenó a Ripley a pagar una indemnización de 500 mil pesos por los daños sufridos y una multa de 25 UTM (cerca de 900 mil pesos) por haber infringido la Ley del Consumidor al actuar en forma negligente en la prestación del servicio, en este caso por cometer errores en la facturación; la sentencia fue corroborada por la Corte de Apelaciones de Santiago.
El Sernac comentó que el derecho a cuentas claras implica que el consumidor reciba una cuenta mensual detallada con información oportuna sobre el costo total del producto o servicio contratado y que la cuenta debe informar fechas de vencimiento, costos a asumir frente al no pago, lugares, medios y canales de pago y las fechas en las cuáles se puede caer en morosidad. Si existe un error en los cobros, las empresas deben realizar las devoluciones y las reparaciones que correspondan a todos los consumidores afectados por la misma situación.