Usuarios presentaron demanda colectiva contra ESSAL por cobros indebidos

486

Si se fija en las boletas de servicios por pago de consumo de agua emitidas por la empresa ESSAL, existen dos ítem que se llaman «Tratamiento de Aguas Servidas» y «Alcantarillado sin tratamiento», los dos fueron objeto de la demanda que más de 90 usuarios presentaron hace más de una semana contra la prestadora de servicios alegando que se cobra un precio por servicio no otorgado debido a que ESSAL no contaría con una planta de tratamiento de aguas servidas y se está cobrando como si existiera.

El libelo que busca indemnización de perjuicios por infracción a la ley 19.496 es patrocinado por el abogado Braulio Sanhueza Burgos y fue dado a conocer por el Consejero Regional Manuel Rivera. El documento indica que «se cobra un precio por servicio no otorgado, en Puerto Montt no existe planta de tratamiento» además de ser inexplicable cobrar por no tratamiento de aguas.

A la fecha del decreto tarifario vigente (D.S. nº 335 del 6 / 09 / 2001), no existía planta de tratamiento en Puerto Montt pero desde esa fecha se cobra. Adjuntan en el escrito el hecho de que Contraloría resolvió que «no procede pago donde no hay planta de tratamiento» (Dictámen 5.494 del 2004), añadiendo «las Sanitarias no deben cobrar por tratamiento en lugares donde no existan plantas».

El objetivo de la presentación judicial se basa en el «enriquecimiento ilícito de la demandada» solicitando una compensación económica equivalente al daño patrimonial provocado a cada uno de los contratantes y una indemnización por daño moral fijada por el tribunal.