Menores de 12 años deberán ir en el asiento trasero de los vehículos

611
Enrique Cárdenas, seremi de Transportes y Pamela Soto, directora regional del Sename

A partir de este miércoles 16 de marzo, los menores de 12 años de edad deberán trasladarse en el asiento trasero de los vehículos livianos. Esto, de acuerdo a una modificación a la Ley de Tránsito que fue aprobada de manera transversal en el Congreso, que nació de una moción parlamentaria impulsada por diputados de diversos sectores y que, fue apoyada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

En la región de Los Lagos, fue el seremi Enrique Cárdenas, quien junto a la directora del Servicio Nacional de Menores (Sename) Pamela Soto y el encargado regional de Conaset, Jorge Aros, entregaron los contenidos de esta nueva ley. En la oportunidad, Cárdenas enfatizó que “esta normativa tiene como finalidad cuidar la seguridad de las niñas y niños en el transporte particular”.

Durante la actividad, el titular de la cartera explicó que la normativa tendrá dos etapas. La primera, consistente en que a partir de mañana, los menores de 12 años tendrán la prohibición de ocupar los asientos delanteros de los vehículos –a excepción de los vehículos con cabina simple- por lo cual, será obligatorio que viajen en los asientos traseros.

Y la segunda, los niños/as hasta los 8 años deberán viajar con Sistema de Retención Infantil (SRI), la cual será exigible desde marzo del 2017. “Esto nos pone al día en términos de normativa que se exigen en los mayores estándares de seguridad de los países desarrollados; permite garantizar y cuidar la vida del bien más preciado que tienen las familias. En relación al segundo punto, da un año para que la gente pueda programarse y hacer el desembolso que corresponde, lo antes posible, puesto que es la vida de los niños lo que está en juego”, valoró el seremi.

A su vez, la autoridad destacó el rol que jugaron los legisladores en esta materia, especialmente de la diputada por el Distrito 58 Jenny Álvarez, quien preside la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones.

Por su parte, la directora del Sename Pamela Soto comentó que “hacemos un llamado a los padres o las personas adultas responsables se hagan cargo de esta normativa, fundamentalmente por lo que significa el resguardo de los niños y niñas menores de 12 años”.

“Tenemos la cifra que, uno de cada tres muertes de niños entre 11 y 14 años son causadas por accidentes de tránsito. Por ello, debemos como padres formadores, no hacer un gusto o exceso de amor mal entendido, poniendo en riesgo la vida de nuestros hijos y obedecer esta nueva normativa”, agregó.

 

Modificaciones legales

Junto con la prohibición de trasladar a menores de 12 años en los asientos delanteros, exigencia que entra en vigencia a partir de este miércoles 16 de marzo, cuando sea publicado en el Diario Oficial, esta nueva ley también amplía la edad de uso de Sistemas de Retención Infantil (SRI) hasta los 8 años inclusive, además de incorporar características de peso y talla (135 cm y 33 Kg); exigencia que entrará en vigencia en un año más, es decir, a partir de marzo de 2017. Esta última obligación no regirá para los taxis, en todas sus modalidades.

La Ley aumenta las sanciones por no llevar a un niño/a en sistema de retención infantil, pasando de ser una falta grave a una gravísima (equivalente a una multa de entre 1,5 a 3 UTM, es decir, entre $66.000 y $132.000), más la suspensión de licencia de conductor entre 5 y 45 días. Igual multa tendrán aquellos conductores que trasladen a menores de 12 años en el asiento del copiloto.

Hasta hoy, la Ley de Tránsito prohibía el traslado de menores de 8 años de edad en los asientos delanteros de los vehículos, y exigía que los niños menores de 4 años fueran trasladados en sillas.

Durante el 2014 en la región de Los Lagos, hubo una víctima fatal en accidentes de tránsito menor de 12 años, 13 menores graves, 10 en estado menos graves, 199 en estado leve y 222 lesionados.