Cárcel efectiva espera a conductores ebrios que causen lesiones graves, gravísimas o la muerte

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Seremi de Gobierno, Francisco Reyes; intendente de Los Lagos, Nofal Abud y Enrique Cárdenas, seremi de Transportes

El aumento de las sanciones a los conductores que, en estado de ebriedad o bajo la influencia del alcohol, causen la muerte o lesiones graves y gravísimas a otra persona, es el objetivo de la denominada «Ley Emilia» (ley nº 20.770), modificación a la Ley de Tránsito, que fue promulgada hoy por la Presidenta de la República Michelle Bachelet.

Este cambio legal se traduce en un aumento de las penas, sancionando con cárcel efectiva de al menos un año a los conductores en estado de ebriedad que generen lesiones graves gravísimas o la muerte. En el caso de que se ocasione la muerte o lesiones graves o gravísimas será de 3 años y un día a 5 años, multa, comiso del vehículo e inhabilidad perpetua para conducir.

En los casos de reincidencia, conductor profesional en el ejercicio de sus funciones o conducción con licencia cancelada o inhabilitada se le otorgará connotación de delito calificado, con pena de 5 años y un día a 10 años. Asimismo, se establece el delito por fuga del lugar del accidente, -aumentando la penalidad-, y por la negativa a realizarse los exámenes respectivos.

Tras la aprobación de la ley, el intendente de la Región de Los Lagos, Nofal Abud, afirmó que “Con esto, estamos contribuyendo a la reducción de fallecidos en accidentes de tránsito, además de entregar las garantías de una justicia efectiva a los familiares de las víctimas, garantizando que quienes provocan la muerte o lesiones graves a otra persona por manejar bajo la influencia del alcohol deban cumplir una pena de cárcel”.

 

Sanciones

– El aumento de las penas para el caso que la conducción en estado de ebriedad ocasione lesiones graves, gravísimas o la muerte de terceros (3 años y un día a 10 años). En particular, se sanciona con cárcel efectiva de al menos un año a los conductores en estado de ebriedad que generen lesiones graves, gravísimas o muerte.

– La creación de la figura del delito calificado con penas de 5 años y un días a 10 años en caso de reincidencia, que se trate de un conductor profesional en ejercicio de sus funciones, conducción con licencia cancelada o inhabilitada.

– El establecimiento de delitos por fuga del lugar del accidente y la negativa a realizarse los exámenes respectivos (alcotest o alcoholemia).

En este último punto, la Ley Emilia incorpora la penalidad graduada, según el resultado del accidente. En el caso de que se ocasione la muerte o lesiones graves y gravísimas, será de 3 años y un día a 5 años, multa, comiso del vehículo e inhabilidad perpetua para conducir.

La pena por estos delitos es conjunta con la responsabilidad por el delito o cuasidelito que se cometa, con el fin de desincentivar que conductores ebrios evadan las sanciones de esta nueva ley, fugándose o evadiendo los exámenes probatorios.

 

Estadísticas de fallecidos y lesionados graves en accidentes por alcohol

Fallecidos y lesionados graves en accidentes de tránsito causados por alcohol en el conductor (2012-2013)
Causa (CONASET) Causa Accidente 2012 2013
Fallecidos Lesionados Graves Fallecidos Lesionados Graves
Alcohol en Conductor Conducción bajo la influencia del alcohol 30 132 43 149
Conducción en estado de ebriedad 118 500 105 595
Total Alcohol en Conductor 148 632 148 744
Total General 1.523 6.570 1.623 7.430

Fuente: Carabineros de Chile.

Elaboración: Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (CONASET).

 

Fuga de conductores en accidentes de tránsito (2009 – 2013)

Año Accidentes dado a la fuga Accidentes totales % con fuga
2009 113 56.330 0,2
2010 121 57.746 0,2
2011 99 62.834 0,2
2012 171 61.791 0,3
2013 521 73.276 0,7

Fuente: Carabineros de Chile