Sernam afirma que tendrá tolerancia cero con padres y madres que no paguen pensión alimenticia

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La Ministra del Servicio Nacional de la Mujer, Carolina Schmidt, señaló que en Chile nacen 250 mil niños al año y tenemos 200 mil demandas por no pago de pensión de alimentos.


Aseveró que “es un deber moral y legal con nuestros hijos. No podemos seguir aceptando como sociedad que no se pague la pensión de alimentos de nuestros hijos y, que sencillamente, se piense que no importa, que no pasa nada”.

Schmidt destacó la importante alianza con la PDI y reforzó el mensaje de que “aquellos padres que no pagan la pensión de alimentos de sus hijos deben cumplir con la sanción que la ley establece”, agregando que “esto no es una plata para la ex pareja”.

En el operativo de anoche la Policía de Investigaciones detuvo a 580 deudores de pensiones de alimentos, equivalentes a una recaudación de más de 880 millones de pesos, en un operativo realizado simultáneamente a lo largo de todo el país.

“Esta es una potente señal de que vamos a tener tolerancia cero con aquellos padres o madres que no pagan su pensión de alimentos para sus hijos. Esto no es un tema de hombres o de mujeres sino un tema social”, resaltó la Ministra Schmidt.

El prefecto jefe de Delitos Contra la Familia, Raúl Novoa, subrayó que en el operativo se detuvieron a 574 hombres y seis mujeres, quienes no habían cumplido con el pago de la pensión de alimentos.

Recordó que hasta mayo pasado, la policía civil arrestó a 9.188 personas por este concepto recuperando más de 10 mil millones de pesos.

Por último, señaló que “la Policía de Investigaciones trabajará arduamente y con firmeza a objeto de darle una tranquilidad a las personas. Este operativo se realizará más adelante para seguir avanzando en esta importante materia”.

 

Proyecto en el Parlamento  

Las indicaciones presentadas buscan mejorar ciertas situaciones que afectan a las mujeres cuyas ex parejas deben el pago de pensiones alimenticias.

El gobierno envió un proyecto al Parlamento para mejorar la eficacia de la forma de pago de los alimentos. Se busca aumentar la modalidad de retención, abarcando también a quienes reciben el pago de prestaciones a honorarios y a quienes perciben una pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia.

Asimismo, se pretende permitir al juez aprobar una forma de pago de los alimentos diferente del pago de una cantidad mensual directo al alimentario, pudiendo aceptar que éste se comprometa a pagar directamente ciertos gastos, como los de salud, educación o vivienda (con el resguardo que siempre en la resolución quedará fijado el monto que corresponde en dinero).

Por otra parte, se  busca perfeccionar las normas de cumplimiento para hacer cobro de pensión. Se prohíbe a los empleadores que deben retener los alimentos desobedecer la orden judicial, cuestionar el monto que deben retener o descontar un monto distinto al que ordena el tribunal. Se multará al empleador que no cumpla con esto.

Una vez que el alimentante deja de pagar los alimentos, se solicita su cumplimiento forzado, ya sea embargando sus bienes o decretando su reclusión nocturna.  El problema que se da muchas veces en la práctica es que una vez que esto se solicita, el alimentante hace depósitos por montos muy menores al total debido, con el objeto de dilatar el proceso en su contra.  La indicación propone que los pagos parciales no paralicen la ejecución del demandado, sino que solamente se descuente el monto pagado del total adeudado.