Con una simbólica entrega en la oficina de CorreosChile, la Ministra de Bienes Nacionales, Catalina Parot, inició el envío de las primeras notificaciones de las tasaciones
realizadas por la cartera de Obras Públicas a las propiedades situadas en la zona devastada por la furia del volcán Chaitén en mayo de 2008 y que serán compradas, si el dueño acepta, por el Gobierno con derecho a ser recuperadas por su antiguo titular en condiciones expresamente determinadas en la ley 20.385.
Los sobres contienen una oferta concreta que, en promedio, representa 3 veces más del avalúo fiscal, señaló la Ministra, agregando que si los chaiteninos que presentaron sus solicitudes aceptan el precio estipulado en las tasaciones, el próximo mes estarán las condiciones para pagar al contado las primeras 78 viviendas que abarca la fase inicial. El MOP se comprometió a tener 100 tasaciones por mes por lo que «proyectamos de aquí a fin de año, si los titulares aceptan, comprar 617 propiedades aproximadamente y esperamos dentro del primer semestre del 2011 tener completado el proceso», sostuvo Parot.
Algunos datos de la Ley Chaitén
Tras la etapa de acceso al beneficio que ya culminó, se realizaron estudios de título de cada propiedad, los antecedentes pasaron a la comisión de peritos (los mismos que actúan en caso de expropiaciones y que figuran en un listado del MOP) quienes cuentan con 30 días corridos para tasar las propiedades. Posteriormente Obras Públicas da el valor a Bienes Nacionales que comunican el precio por carta certificada al interesado.
Si está de acuerdo se sigue adelante, si no, puede reclamar dentro de 10 días luego de la notificación para que la comisión vuelva a revisar los antecedentes, se notifica el precio nuevamente y si el interesado no se pronuncia se entiende desistido el trámite, que funciona sólo manifestando expresamente la voluntad de vender.
El Fisco sólo puede comprar inmuebles sin deuda, en el caso de aquellos interesados con propiedades hipotecadas, el Fisco paga al interesado el valor tasado menos la hipoteca.
En relación a herencia de inmuebles, la posesión efectiva debe estar tramitada e inscrita en el Conservador de Bienes Raíces y así poder acceder al beneficio.
Los que quedarían fuera de la ley son quienes no son propietarios, pero algunos casos de quienes estaban al 2 de mayo en vías de ser propietario serán permitidos. Para ello se necesita haber iniciado trámites respectivos antes de la erupción, en el caso de ocupación que daba paso a título gratuito y saneamiento.
Una vez adquiridos los inmuebles pasan a ser fiscales teniendo la facultad de vender, arrendar, concesionar, transferir a título gratuito u oneroso.
Recompra
Si las condiciones así lo permitieran puede manifestarse la situación que Chaitén sea habitable, en tal sentido la ley ha considerado que existe la facultad de dictar una resolución por parte de Bienes Nacionales para que el ex-propietario prohíba al Fisco la venta de su propiedad lo que le permitiría recomprar su antiguo inmueble al valor comercial estimado a la fecha de la operación.
Por: Mauricio Sáez E.