La ahora ex diputada Carolina Tohá no ha sido la primera en cesar sus funciones legislativas

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Durante 1972 tres parlamentarios dejaron la representación de sus distritos para hacerse cargo de los ministerio de Trabajo y Hacienda, durante el gobierno del Presidente Salvador Allende.


Al igual que lo hiciera el presidente socialista Salvador Allende, Michelle Bachelet, la primera mujer Presidenta de Chile, integró a su gabinete a una diputada de la Republica, la PPD Carolina Tohá, representante del distrito 22.

 


El 17 de junio de 1972 la diputada comunista por la Séptima Agrupación Departamental de Santiago, Primer Distrito, Mireya Baltra Moreno, quien había sido elegida para desempeñar el cargo por el periodo 1969-1973, abandonó su escaño en la Cámara para asumir la jefatura del Ministerio del Trabajo. Ese mismo día, su compañero de partido, el diputado por la Séptima agrupación Departamental de Santiago, Tercer Distrito, Orlando Millas Correa, tomó a su cargo el Ministerio de Hacienda.

Cinco meses después, la cartera de Trabajo era asumida ahora por el también diputado comunista, del primer distrito de Santiago, Luis Figueroa Mazuela, quien ocupó el cargo hasta el 5 de julio de 1973.

Cesación de un diputado en su cargo

En la Constitución Política de 1925, que regía durante 1972, se establecía en el Capítulo IV artículo 26, relativo al Congreso Nacional, que «tanto la Cámara de Diputados como el Senado, tienen atribuciones exclusivas para pronunciarse sobre la inhabilidad de sus miembros y para admitir su dimisión, si los motivos en que la fundaren fueren de tal naturaleza que los imposibilitaren física o moralmente para el ejercicio de sus cargos. Para aceptar la dimisión, deben concurrir las dos terceras partes de los Diputados o Senadores presentes».

En la Constitución de 1980, reformada en 2005, esta atribución del Congreso fue eliminada. El artículo 60, inciso octavo que la vigente Carta Fundamental establece que «los diputados y senadores podrán renunciar a sus cargos cuando les afecte una enfermedad grave que les impida desempeñarlos y así lo califique el Tribunal Constitucional».

Como este no es el caso de la actual Ministra Secretaria General de Gobierno, Carolina Tohá, la ex diputada no renunció a su cargo, sino que cesó en sus funciones legislativas por una incompatibilidad establecida en la Constitución vigente.

El artículo 59 establece que «ningún diputado o senador, desde el momento de su proclamación por el Tribunal Calificador de Elecciones puede ser nombrado para un empleo, función o comisión de los referidos en el artículo anterior», donde se señala que son incompatibles con el cargo «todo empleo o comisión retribuidos con fondos del Fisco, de las municipalidades, de las entidades fiscales autónomas, semifiscales o de las empresas del Estado o en las que el Fisco tenga intervención por aportes de capital», junto a quienes ejerzan «las funciones de directores o consejeros, aun cuando sean ad honorem, en las entidades fiscales autónomas, semifiscales o en las empresas estatales, o en las que el Estado tenga participación por aporte de capital».

Sin embargo, se agrega que «esta disposición no rige en caso de guerra exterior; ni se aplica a los cargos de Presidente de la República, Ministro de Estado y agente diplomático; pero sólo los cargos conferidos en estado de guerra son compatibles con las funciones de diputado o senador».

Por lo tanto, la ex diputada Carolina Tohá al momento de firmar el documento que la nombra como Vocera de Gobierno, automáticamente cesó en su función parlamentaria por la incompatibilidad entre ambos cargos, estipulada en la Constitución.

Diputado reemplazante

La última modificación de la Constitución de 1980, realizada en el 2005, estableció en su artículo 51 inciso tercero que «las vacantes de diputados y las de senadores se proveerán con el ciudadano que señale el partido político al que pertenecía el parlamentario que produjo la vacante al momento de ser elegido».

En este caso, el Partido Por la Democracia, al que pertenece la nueva Vocera de Gobierno, confirmó que en su reemplazo asumirá el ex Subsecretario de Interior, Felipe Harboe, quien renunció hace algunos meses a su cargo, justamente para aventurarse en una candidatur a al Parlamento por el mismo distrito de la ex diputada, Carolina Tohá.

Harboe cesó en su cargo en el mes de diciembre, pues el artículo 57 de la Constitución señala que no pueden ser candidatos al Congreso los subsecretarios -entre otros cargos- que no hayan cesado sus funciones antes de un año de las elecciones. Sin embargo, no existe nada que le impida asumir en reemplazo de Tohá, ya que para eso sólo debe cumplir con los requisitos para ser diputado.

 

Fuente: www.camara.cl